Historia
Situación
Pueblos
Asociaciones
Ruta Artística
Enlaces
Bienvenida
Organización
Ventanilla virtual
Teléfonos
Tablón Anuncios
Polígono Industrial

Centro Interpretación

Historia
Equipo
Temporada
Colaboradores
Ayudanos
Noticias
Recordamos
Participaron
Privado
Ayuntamiento » Ventanilla virtual » Ordenanza cementerio
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DEL CEMENTERIO MUNICIPAl.

La cuota tributaria se determinará por aplicación de la siguiente tarifa:

1.- NICHOS:

NICHOS TEMPORALES-DIEZ AÑOS: 120,20 EUROS (20.000 PTS)
NICHOS A PERPETUIDAD: 330 EUROS (55.000 PTS)

2.- SEPULTURAS (TIERRA):

SEPULTURAS TEMPORALES-DIEZ AÑOS: 78 EUROS (13.000 PTS)
SEPULTURAS A PERPETUIDAD: 192 EUROS (32.000 PTS)

3.- SEPULTURAS (MODALIDAD PREFABRICADAS):

SEPULTURAS TEMPORALES-DIEZ AÑOS: 211 EUROS (35.100 PTS)
SEPULTURAS A PERPETUIDAD: 548 EUROS (91.200 PTS)

Se establece la posibilidad de que las personas que, al amparo de la Ordenanza vigente y anterior, instaron la concesión de nichos o sepulturas por plazo de 10 ó 50 años, puedan optar a la concesión a perpetuidad, formulando la oportuna solicitud y abonando, en todo caso, la diferencia entre la tasa que resulte de la nueva ordenanza y las anteriores, debiendo ejercer dicha opción antes de finalizar el plazo por el que fueron concedidos los nichos o sepulturas correspondientes.